Abierto el plazo para solicitar subvenciones para potenciar la movilidad sostenible

El programa de ayudas procedentes del IDEA (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) distribuye las ayudas del Programa MOVES a las comunidades autónomas para apoyar la movilidad energéticamente eficiente y sostenible. En este sentido, la ayuda asignada a la Región de Murcia asciende a 1.420.640.10 €.

Por lo que el objeto y ámbito de aplicación de dichas ayudas se limita a la Región de Murcia y a actuaciones basadas en eficiencia energética, el uso de energías alternativas y la disposición de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

En cuanto al presupuesto, se distribuye entre las tres actuaciones objetivo de las ayudas.

 

  • Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas: 710.320,55 euros (50%). Las ayudas oscilan entre los 600 euros y los 15.000 euros, recibiendo una mejor condición las personas con movilidad reducida, autónomos o familias numerosas.

 Los vehículos obligatorios para el achatarramiento de un vehículo M1 de más de 10 años (turismo con al menos cuatro ruedas y fabricados para el transporte de pasajeros con un máximo de 8 plazas) o vehículo N1 más de siete años (vehículo de motor para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas).

 

  • Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: 639.288,50 euros (45%). La ayuda cubrirá el 40% de la inversión hasta un máximo de 100.000 euros para particulares, comunidades de propietarios, entidades públicas sin actividad comercial o mercantil. En el caso de las empresas, las ayudas serán del 30%.

 Los costes no subvencionables son la instalación de contadores inteligentes, de alimentación de alta tensión, transformadores y costes de personal propio. recarga podrá recibir ayudas del 40% de la inversión hasta 100.000 euros

A su vez, serán actuaciones subvencionables:

-Sistema de recarga vinculado: Potencia inferior a 7 kW.

– Sistema de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, inferior a 15 kW.

– Sistema de carga semirrápida: potencia igual o superior a 15 kW e inferior a 40 kW.

– Sistema de carga rápida: potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.

– Sistema de carga ultra rápida: potencia igual o superior a 100 kW.

 

  • Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas: 71.032,05 (5%). Se establece una ayuda del 30% del coste de adquisición con un límite de 100.000 euros.

Es importante añadir si alguna de las partidas destinadas se agotará y otra tuviera lista de reserva, se distribuiría el presupuesto de tal forma que se pudiera atender el máximo de solicitudes posibles.

Las actuaciones 1 y 2, contempla que podrán beneficiarse de estas ayudas:

  • Profesionales autónomos
  • Personas físicas mayores de edad.
  • Comunidades de propietarios.
  • Persona jurídica con número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
  • El sector público que comprende a la administración general, administraciones autonómicas y locales, además del sector público institucional y organismos locales y entidades de derecho privado y universidades públicas.

 

Los requisitos para ser beneficiado:

  • No tener deudas con la administración autonómica de la Región de Murcia.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • No esta incluido en programa de subvenciones.

 

Las adquisiciones mediante financiación por leasing financiero será el titular de la matriculación del vehículo, el adquirente de la subvención y, en el caso de la financiación de arrendamiento por renting para vehículos, el beneficiario será el arrendatario del contrato de renting.

Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo oficial de manera telemática, a través del formulario en la sede electrónica de la CARM https://sede.carm.es con código procedimiento 3070. La fecha limite de presentación termina el 31 de diciembre de 2019.

Para las personas no obligadas, la solicitud podrá presentarse en el Registro de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera través del cumplimiento del modelo normalizado, imprimiendo el mismo, y entregando en formato papel.

La competencia para la instrucción de los expedientes de ayudas corresponderá a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera.

Desde MIWenergía estamos a tu servicio para atender y resolver cualquier duda con respecto a esta nueva línea de ayuda. Puedes contactar con nosotros a través del email info@miwenergia.com o en el teléfono (+34) 868 952 028.

 

Te recomendamos
No te pierdas nada

Deja aquí tu correo para recibir noticias

placas solares murcia
Últimas noticias