Es aquel consumidor que adquiere energía eléctrica directamente en el mercado de producción para su propio consumo.
La figura del Consumidor Directo está regulado por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
A aquel que presenta consumos de energía eléctrica muy elevados.
Se evita el margen comercial de la compañía comercializadora
Los consumidores directos no están obligados al pago del Fondo Nacional de Eficiencia Energética
Tampoco están sujetos a las normas fiscales que imponen la tasa municipal del 1,5% por el uso del suelo, subsuelo y vuelo del municipio
Complejidad en la gestión y operativa del Consumidor Directo
El consumidor directo necesita de herramientas y recursos para operar. Puede incorporar estos recursos a su estructura o puede delegarlo en asesores que actúan en su nombre. Así, en MIWenergía te ayudamos para que todo sean ventajas.
Tramitamos el proceso de alta del cliente como Consumidor Directo ante OMIE, REE y CNMC.
Nos encargamos de la previsión de compra de energía y de presentar las ofertas de compra en el mercado eléctrico.
Llevamos a cabo la gestión administrativa de las facturas de los distintos agentes (companía distribuidora, OMIE, REE)
Ponemos a tu disposición la plataforma web MIW+ con información detallada del consumo horario, comparación con otros periodos, establecimiento de alarmas, recomendaciones, etc.
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